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Plaga de ratones termina en millonaria indemnización para trabajadora de pastelería
Un grave problema de higiene ocurrido al interior de una conocida pastelería de la comuna de Las Condes terminó transformándose en un conflicto laboral que llegó hasta la justicia.
La Corte de Apelaciones de Santiago respaldó el autodespido ejercido por una extrabajadora de Pastelería Wenger Haus Limitada, luego de que se acreditara la presencia reiterada de roedores en dependencias donde la mujer desarrollaba sus labores.
Los antecedentes del caso señalan que los problemas sanitarios se habrían registrado entre septiembre de 2023 y enero de 2024, período durante el cual fueron detectados ratones vivos y muertos, además de deposiciones de estos animales dentro del establecimiento.
La situación adquirió especial relevancia debido a que se trataba de un establecimiento relacionado con la elaboración y comercialización de alimentos, donde las condiciones de higiene también tienen directa relación con la seguridad de quienes trabajan en sus instalaciones.
Empresa mantenía control mensual de plagas
Uno de los elementos analizados durante el proceso fue que la pastelería mantenía contratado un servicio mensual de control de plagas.
Sin embargo, esas acciones no habrían sido suficientes para impedir que continuara detectándose la presencia de roedores.
Incluso, la empresa externa encargada de realizar las fumigaciones habría advertido previamente sobre deficiencias relacionadas con las condiciones de higiene existentes en el establecimiento.
Este punto resulta especialmente relevante desde la perspectiva preventiva: contratar un servicio externo de control de plagas no necesariamente libera al empleador de su responsabilidad de mantener condiciones adecuadas de higiene y seguridad.
Las medidas preventivas deben ser efectivas y mantenerse bajo seguimiento, especialmente cuando existe evidencia de que un peligro continúa presente.
Corte determinó incumplimiento grave en materia de seguridad laboral
Tras analizar los antecedentes, la Corte de Apelaciones de Santiago concluyó que las condiciones existentes configuraban un incumplimiento grave de las obligaciones que correspondían al empleador en materia de salud y seguridad en el trabajo.
Como consecuencia, el tribunal validó la decisión de la trabajadora de poner término a su contrato mediante la figura del autodespido o despido indirecto.
La empresa deberá pagar a la extrabajadora aproximadamente $3,7 millones, monto que considera indemnizaciones y feriados pendientes.
El caso demuestra que las deficiencias de higiene dentro de una empresa pueden trascender una eventual fiscalización sanitaria y convertirse también en un problema de carácter laboral cuando afectan las condiciones en que los trabajadores deben desempeñar sus funciones.
¿Qué es el autodespido?
El autodespido o despido indirecto se encuentra regulado en el artículo 171 del Código del Trabajo.
Esta figura permite que un trabajador ponga término a su contrato cuando sea el empleador quien incurra en determinadas causales establecidas por la legislación, entre ellas el incumplimiento grave de las obligaciones que impone el contrato.
Posteriormente, corresponde a los tribunales determinar si efectivamente existían antecedentes suficientes para justificar el término de la relación laboral y las indemnizaciones correspondientes.
El deber de protección del empleador
El caso también vuelve a poner en evidencia la importancia del artículo 184 del Código del Trabajo, una de las principales normas en materia de seguridad y salud laboral.
La legislación establece que el empleador debe adoptar todas las medidas necesarias para proteger eficazmente la vida y salud de sus trabajadores, además de mantener condiciones adecuadas de higiene y seguridad dentro de las faenas.
Por lo tanto, frente a la existencia de plagas, contaminación, deficiencias sanitarias u otros peligros capaces de afectar la salud de los trabajadores, no basta necesariamente con implementar medidas aisladas.
El empleador debe verificar que las acciones adoptadas realmente controlen o eliminen el riesgo.
DS 44 refuerza la obligación de gestionar los riesgos
Actualmente, el Decreto Supremo N.º 44 sobre gestión preventiva de los riesgos laborales establece que las entidades empleadoras deben gestionar los peligros existentes en los lugares de trabajo mediante su identificación, evaluación, implementación de medidas preventivas y correctivas, control y mejoramiento continuo.
La normativa también exige mantener condiciones y entornos de trabajo seguros y saludables y eliminar o controlar aquellos riesgos que puedan afectar la vida o salud de las personas trabajadoras.
En un escenario como el ocurrido en esta pastelería, desde una perspectiva preventiva deberían considerarse medidas como la identificación del peligro biológico asociado a los roedores, inspecciones periódicas, eliminación de fuentes de alimento y refugio, control de accesos, limpieza y sanitización, seguimiento de los servicios de control de plagas y verificación de la efectividad de las medidas implementadas.
Pastelería anunció que apelará
Desde Pastelería Wenger Haus señalaron que recurrirán contra la resolución judicial.
La empresa también afirmó que la Seremi de Salud realizó una fiscalización en sus instalaciones y que posteriormente habría recibido autorización para continuar operando.
Asimismo, sostuvo que las observaciones sanitarias mencionadas durante el proceso ya fueron corregidas.
Por esta razón, es importante señalar que el proceso judicial todavía podría registrar nuevas actuaciones, considerando la intención de la empresa de impugnar la resolución.
⚠️ La importancia preventiva del caso
Este fallo deja una advertencia relevante para empleadores y profesionales de prevención de riesgos.
La existencia de procedimientos, contratos de fumigación, registros o medidas preventivas no garantiza por sí sola el cumplimiento de la obligación de seguridad.
Lo fundamental es comprobar que dichas medidas sean efectivas.
Cuando un peligro continúa presente pese a las acciones realizadas, la organización debe reevaluar el riesgo, identificar las causas que permiten su persistencia y aplicar nuevas medidas correctivas hasta conseguir su eliminación o control.
Una plaga de roedores, además de constituir un problema sanitario, puede representar exposición a agentes biológicos, contaminación de superficies y alimentos y deterioro general de las condiciones de higiene del lugar de trabajo.
El caso muestra además que una deficiencia preventiva sostenida puede tener consecuencias que van más allá de una multa administrativa: también puede terminar generando responsabilidades laborales e indemnizaciones para la empresa.




