La Corte Suprema de Chile confirmó de manera definitiva la multa de 300 UTM —equivalente a cerca de $56 millones— aplicada a una empresa vinculada a un fatal accidente laboral ocurrido en la comuna de Mejillones, donde un trabajador que realizaba labores de buceo perdió la vida.
El fallo del máximo tribunal rechazó el recurso presentado por la empresa sancionada, manteniendo así la resolución emitida previamente por la autoridad sanitaria y ratificada por tribunales inferiores. La investigación concluyó que existieron incumplimientos en las medidas de seguridad exigidas para este tipo de operaciones de alto riesgo.
Según los antecedentes del caso, el accidente ocurrió durante faenas marítimas desarrolladas en la zona industrial de Mejillones, donde el trabajador falleció mientras ejecutaba labores submarinas. Tras el hecho, la autoridad inició un procedimiento sancionatorio que detectó deficiencias relacionadas con protocolos preventivos y resguardos laborales.
La empresa intentó revertir la multa argumentando que sí contaba con medidas de prevención y capacitaciones internas. Sin embargo, la Corte Suprema estimó que los tribunales anteriores actuaron correctamente al determinar que las medidas implementadas no fueron suficientes para evitar el desenlace fatal.
El fallo además refuerza la obligación de las empresas de cumplir estrictamente con la normativa de seguridad laboral, especialmente en actividades consideradas de alto riesgo como las faenas de buceo industrial y trabajos marítimos.
La resolución judicial se suma a otros casos recientes donde tribunales han endurecido su postura frente a incumplimientos laborales y ambientales en la Región de Antofagasta, particularmente en sectores industriales y portuarios.



